¿Qué son las iniciativas de mitigación?
Las iniciativas de mitigación son medidas que se hacen para cuidar el ambiente y evitar que el cambio climático empeore. Pueden ser programas, proyectos o actividades desarrolladas a nivel nacional, regional, local y/o sectorial cuyo objetivo es la reducción de emisiones y/o remoción de Gases de Efecto Invernadero (GEI) de la atmósfera a través de la captura artificial o en biomasa.
Estas iniciativas pueden ser desarrolladas por cualquier persona natural o jurídica, pública o privada, quien se hace responsable de la formulación, implementación, seguimiento y reporte de la actividad en el Registro Nacional de Reducción de Emisiones o Remoción de GEI – RENARE. Las iniciativas de mitigación pueden ser de tipo sectorial (industria, residuos, energía, forestal comercial, etc.) o REDD+ (reducción de emisiones por deforestación evitada, degradación u otros).
· Los proyectos de mitigación son un tipo de iniciativas que se implementan en una escala menor, en un área geográfica específicamente delimitada (a nivel subnacional: regional o local); y su titularidad puede ser de carácter privado o público (en el marco de las funciones y competencias asignadas por Ley). Entre los proyectos, se encuentran aquellos del Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL, tanto proyectos MDL como programas de actividades PoA), Proyectos de Desarrollo Bajo en Carbono (PDBC) y Proyectos REDD+.
· Los programas de mitigación cubren un área geográfica a nivel nacional o un área del nivel subnacional o abarca todo un sector. Este tipo de iniciativas son formuladas por, o tienen como socio a una entidad pública del orden nacional (en el caso de actividades REDD+, la titularidad está a cargo del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, individualmente o en asocio con otras entidades del gobierno). Entre los programas, se encuentran las Acciones Nacionalmente Apropiadas de Mitigación (NAMAS), Programas de Desarrollo Bajo en Carbono (PDBC) y Programas REDD+.
Las iniciativas de mitigación buscan reducir los GEI que se producen o capturarlos/removerlos (los GEI no se eliminan) de la atmósfera. Por ejemplo, si alguien usa energía solar en vez de gasolina, está reduciendo los GEI que produce; entonces puede formular una iniciativa donde calcule cuántas emisiones está reduciendo con respecto al escenario en el que consumía gasolina. Asimismo, si alguien planta árboles o protege los bosques, está removiendo los GEI del aire, porque las plantas los absorben. En todo caso, estas iniciativas de mitigación deben demostrar que sus actividades son adicionales a lo obligatorio y que generan un beneficio neto para la atmósfera.
Cualquier persona o empresa puede hacer una iniciativa de mitigación, pero tiene que seguir unas reglas y reportar lo que hace y lo que logra. Estas reglas se llaman Sistema de Monitoreo, Reporte y Verificación (MRV), el cual fue reglamentado mediante la Resolución 1447 de 2018 y su modificación parcial en la Resolución 0831 de 2020. Estos principios y requisitos ayudan a que las iniciativas de mitigación sean claras, confiables y comparables, y que puedan contribuir a las metas que Colombia se propuso para luchar contra el cambio climático.
El Sistema MRV es una forma de saber qué están haciendo las iniciativas de mitigación y qué resultados están obteniendo. Así se puede tomar mejores decisiones para cuidar el ambiente y adaptarse al cambio climático. Todas las iniciativas de mitigación que quieran mostrar sus resultados al país y al mundo, o que quieran recibir algún beneficio por su trabajo (como dinero, por ejemplo, en los mercados de carbono y otros mecanismos, o reconocimiento), tienen que seguir el Sistema MRV. También tienen que inscribirse y registrarse en el Registro Nacional de Reducción de Emisiones de GEI (RENARE), que es como un libro digital donde se anotan todas las iniciativas de mitigación que hay en Colombia.
El Registro Nacional de Reducción de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero (RENARE) forma parte del Sistema de Monitoreo, Reporte y Verificación (MRV), que a su vez es un subsistema del Sistema Nacional de Información sobre Cambio Climático (SNICC), integrado en el marco del Sistema de Información Ambiental de Colombia (SIAC).RENARE le permite al país conocer, gestionar y evaluar los resultados obtenidos en materia de mitigación de GEI. Asimismo, ayuda a monitorear y reportar los avances del país en el marco de los compromisos internacionales adquiridos para enfrentar el cambio climático, como es el caso del Acuerdo de París.
La plataforma es administrada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible De acuerdo con la resolución XXX
Mediante el ingreso como usuario invitado, podrá acceder a la información que sea considerada como pública de las iniciativas de mitigación de GEI registradas en el país, incluyendo la fase de registro en que se encuentran y el estado de sus reportes. Solo las personas que son titulares de iniciativas nuevas y deseen registrarlas en RENARE deben solicitar un usuario al administrador; los demás, que solo deseen consultar, pueden hacerlo como usuarios invitados.De esta manera, se espera que los titulares o responsables del desarrollo e implementación de las iniciativas de mitigación de GEI en el territorio nacional registren la información de su iniciativa en RENARE, con el fin de optar a pagos por resultados o compensaciones similares y/o demostrar el cumplimiento de las metas nacionales de cambio climático establecidas bajo la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático – CMNUCC.
Los programas o proyectos de mitigación de Gases Efecto Invernadero (GEI) deben seguir diferentes etapas para llegar a la certificación de los resultados de mitigación que se ofrecen en mercados voluntarios de carbono. Para ello, quien desarrolla el proyecto, ya sea el titular o en conjunto con un desarrollador especialista, deben elegir el programa de certificación y la metodología de cuantificación de GEI bajo la cual se realizarán las actividades y certificarán las reducciones de emisiones o remociones de GEI; pasó seguido, formulan las actividades y estiman sus posibles futuros resultados, y se someten a auditoría llamada validación; luego procede a implementar sus actividades planteadas y medir resultados cada determinado tiempo, lo cual también se audita en procesos de verificación y posterior certificación. Es decir que siguen básicamente los pasos de la Figura 1 con la normativa relacionada.
En el ciclo de las iniciativas de mitigación, intervienen actores desde diferentes roles adicionales al gobierno, entre los cuales, principalmente se encuentran:
- Titulares de iniciativas de mitigación, quienes las diseñan, las llevan a cabo y, por tanto, ofrecen en el mercado del carbono los resultados obtenidos de sus iniciativas. A su vez, son los responsables de reportar en RENARE toda la información de la iniciativa, desde la fase de factibilidad.
- Estándares de carbono o programas de certificación, quienes emiten o adoptan metodologías de cuantificación de GEI para iniciativas de mitigación y cumplen el rol de certificación de los resultados de mitigación (certificados de carbono). Consisten en sistemas o esquemas en el marco voluntarios o regulado (obligatorio), ya sean internacionales o nacionales, que cuentan con un conjunto de principios y requisitos para la formulación, desarrollo, validación y verificación de los resultados de mitigación frente al diseño y puesta en marcha de iniciativas desarrolladas. Las metodologías de cuantificación de reducción de emisiones o remociones de GEI que adoptan o elaboran los estándares deben ser verificables en el marco de la Norma ISO 14064- 3:2006 o aquella que la ajuste o actualice y, según el artículo 2.2.11.2.1 del Decreto 926 de 2017, deben contar con una plataforma de registro pública donde se encuentre la información de las transacciones del certificado de resultados de mitigación.
- Organismos de Validación y Verificación (OVV), quienes realizan auditorías a las iniciativas para evaluar de manera independiente la conformidad en distintos momentos de las iniciativas, para lo cual deben contar con la acreditación reglamentada.
- Registros transaccionales, donde se realizan las transferencias o cancelaciones del certificado de resultados de mitigación por parte de los compradores de certificados de carbono a partir de las negociaciones entre privados.
Por último, el gobierno tiene el rol de definir disposiciones que subyacen a la forma en la que se formulan las iniciativas de mitigación de GEI (incluyendo proyectos y programas, públicos y privados) frente al cambio climático para responder de forma coherente a los retos que enfrenta el país y el mundo frente a sus riesgos asociados, que ahora se ven exacerbados por el estado de emergencia económica, social y ecológica que enfrenta el país.
Todas las iniciativas de mitigación deben demostrar su adicionalidad, un concepto determinante para considerar auténticos los resultados de mitigación de una iniciativa. Consiste básicamente en que esos resultados deben ser «adicionales» a los que se habrían producido si el proyecto no se hubiera llevado a cabo (por ejemplo, si se hubiera seguido actuando como hasta ahora).
El concepto de adicionalidad es importante debido a que sólo los resultados de mitigación de las iniciativas que son «adicionales» al escenario de referencia representan un beneficio neto para la atmósfera. Sin el requisito de «adicionalidad», no hay ninguna garantía de que las actividades de reducción de emisiones vayan a suponer una reducción de los gases de efecto invernadero en la atmósfera. Por lo tanto, en términos sencillos, si se conceden certificados de resultados de mitigación a actividades que habrían tenido lugar de todos modos o que son el «deber ser» según la normativa vigente, se permite que las emisiones aumenten sin un recorte correspondiente en otro lugar, con lo que el proceso carece de sentido.
Cualquier empresa o individuo que piense adquirir mediante el mercado estos resultados de mitigación, debe hacer preguntas para asegurarse de que la norma o el estándar de Carbono exige una prueba de adicionalidad.
La sigla REDD+ (Reducing emissions from deforestation and forest degradation) hace referencia a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero debidas a la deforestación y degradación de los bosques, la conservación y aumento de las reservas de carbono y el manejo forestal sostenible.
Corresponde a un mecanismo internacional creado bajo la Convención Marco de Naciones Unidas para el Cambio Climático (CMNUCC), entre otros, para mitigar el cambio climático, que busca a través de diferentes tipos de acciones relacionadas con el fortalecimiento de la gobernanza forestal, la implementación de procesos productivos sostenibles, el manejo forestal comunitario, el monitoreo forestal, la conservación de la biodiversidad y la recuperación de áreas sin cobertura boscosa, abordar las causas subyacentes e incidir en los comportamientos de los agentes y en los motores generadores de la deforestación y degradación forestal.
Asimismo, posibilita la incorporación de otra amplia variedad de acciones direccionadas a mejorar la calidad de vida de las comunidades y materializar su visión de desarrollo territorial, asumidas como cobeneficios sociales, ambientales y económicos.
Este mecanismo surge como respuesta a que, desde 2005, la Convención Marco de las Naciones Unidas para el Cambio Climático (CMNUCC) reconoció el rol crítico de los bosques y sus suelos en la captura y almacenamiento de GEI para la gestión del cambio climático. Esto, con el objetivo de conservar los bosques en pie y trabajar por el aumento en sus coberturas, considerando estas acciones como medidas de mitigación del cambio climático desde el corto hasta el largo plazo, reconocidas en contextos nacionales e internacionales bajo mecanismos basados en mercados y pagos por resultados obtenidos por actividades de tipo REDD+
A la par con los mecanismos basados en mercados y pagos por resultados obtenidos por actividades de tipo REDD+, las actividades REDD+ también son un tipo de iniciativa de mitigación según la Resolución 1447 de 2018. Estas iniciativas REDD+, cuando son a nivel de programa, tienen titularidad a cargo del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, individualmente o en asocio con otras entidades del gobierno. Cuando son de tipo proyecto, se implementan en una escala menor, en un área geográfica específicamente delimitada (a nivel subnacional: regional o local); y su titularidad puede ser de carácter privado o público (en el marco de las funciones y competencias asignadas por Ley).
Los programas REDD+ optan a mecanismos de pagos por resultados de mitigación asociados a la disminución de la deforestación y, por ende, de las emisiones de GEI generadas por los motores y causas directas y subyacentes asociadas. Los recursos que las han financiado hasta la fecha se han generado a partir de acuerdos firmados entre Colombia y fondos internacionales creados y financiados por países desarrollados en el marco de cumplimiento de sus obligaciones bajo el Acuerdo de París.
Por su parte, los proyectos REDD+ se financian principalmente a partir de flujos de inversión privados, nacionales e internacionales, por la emisión y comercialización de certificados de carbono en el marco del mecanismo de no causación del impuesto al carbono o por concepto de compensación de huellas de carbono u otros usos.
Según el Sistema de Monitoreo de Bosques y Carbono (SMByC), al 2018 Colombia contaba con más de 60 millones de hectáreas de bosques naturales que equivalen a más de la mitad de la superficie continental del país (52.6%). A su vez, el 33.6% del territorio nacional se encuentra bajo la titularidad de comunidades étnicas y campesinas, que abarcan cerca de 25,5 millones de hectáreas de bosques principalmente en la región Amazónica, Pacífica y Orinoquia y se han constituido históricamente como actores claves en la preservación y protección de estas áreas frente a los diferentes agentes y motores causantes de su deforestación y degradación. Este contexto ha generado el escenario propicio para que Colombia implemente mecanismos como REDD+ para tomar acción frente a la crisis climática y para movilizar recursos que contribuyan al desarrollo local en los territorios de comunidades indígenas, negras y campesinas.
Con corte a 2021, en Colombia, 98 iniciativas de mitigación GEI del tipo REDD+ se encuentran en alguna fase dentro del Registro Nacional de Reducción de Emisiones de GEI – RENARE.
La Resolución 1447 de 2018, establece que los programas REDD+ son iniciativas de mitigación de GEI, que abarcan una superficie de escala nacional o subnacional y que pueden englobar varios biomas o extensiones de bosque natural. Están a cargo de una entidad pública del orden nacional y su titular es el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, de manera individual o en asocio con otras entidades del gobierno.
Sus resultados de mitigación representados en reducción de emisiones o remoción de GEI se demuestran en el marco del cumplimiento tanto de las metas de la EICDGB como de las metas nacionales de cambio climático establecidas bajo la CMNUCC.
Desde la formulación hasta la implementación de las iniciativas REDD+, se deben seguir las salvaguardas sociales y ambientales. Estas son las reglas de juego planteadas desde la CMNUCC que orientan a los países y la amplia diversidad de actores involucrados en su desarrollo sobre las acciones que deben adelantarse para fomentar beneficios integrales y disminuir los riesgos sociales y ambientales en los territorios donde se implementa el mecanismo REDD+.
Fueron creadas en la 16° versión de la Conferencia de las Partes (COP), realizada en Cancún en el año 2010 y comprenden 7 lineamientos enfocados en la protección de los derechos y la participación plena de las comunidades beneficiadas, la alineación con los instrumentos de política pública, la conservación de los bosques y las medidas para evitar que la deforestación y la degradación junto a sus generadores sea desplazada a otras áreas dentro o fuera de la influencia de las iniciativas.
Dentro de los elementos de diseño para acceder al pago por resultados de reducción de emisiones de GEI, en el Marco de Varsovia para REDD+, se requiere disponer de un sistema para proporcionar información sobre la forma en que se estén abordando y respetando las salvaguardas REDD+.
Colombia avanzó en la estructuración de un Sistema Nacional de Salvaguardas que está conformado por un componente de interpretación nacional de salvaguardas; que consta de 15 elementos, un componente de implementación conformado por aspectos normativos, institucionales y de cumplimiento, un componente de Sistema de Información de Salvaguardas y un componente de Mecanismo de Atención Ciudadana.
Interpretación Nacional Salvaguardas Sociales y Ambientales
Con respecto a la Interpretación Nacional de Salvaguardas Sociales y Ambientales para REDD+ en Colombia, fue publicada en el año 2017 en un trabajo conjunto entre Minambiente, WWF – Colombia y ONUREDD para adaptar al contexto nacional las Salvaguardas de Cancún, definidos en 15 elementos de salvaguardas agrupados bajo las temáticas institucionales, sociales y culturales, y ambientales y territoriales.
Salvaguardas Sociales Y Ambientales Para Redd+ En Colombia
Este documento hace parte de un proceso continuo de construcción y retroalimentación de la Estrategia Integral de Control a la Deforestación y Gestión en Bosques (EICDGB) – Bosques Territorios de Vida que lidera el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (Minambiente).
De conformidad con lo indicado en el Artículo 45 de la Resolución 1447 de 2018 los titulares de las iniciativas de mitigación de GEI del tipo proyecto REDD+ deberán reportar en RENARE la información referente al cumplimiento de las salvaguardas ambientales y sociales, donde la Interpretación Nacional es el marco de referencia para la aplicación.
Frente al incremento de los reportes de presunta vulneración de derechos humanos y existencia de conflictos socioambientales que han sido puestos en conocimiento del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible por múltiples actores, debido a la implementación de las iniciativas de mitigación de GEI en el territorio nacional, el Gobierno buscó reflejar la relevancia del respeto y abordaje de las salvaguardas sociales y ambientales durante todas las fases y para todos los actores vinculados en el ciclo de las iniciativas de mitigación de GEI, con la adición del parágrafo 2 del artículo 230, en la Ley 2294 de 2023, por medio del que se amplía el marco de aplicación de las salvaguardas sociales y ambientales de la Interpretación Nacional a todas las iniciativas de mitigación de GEI del sector de Agricultura, Silvicultura y Otros Usos del Suelo (AFOLU, por sus siglas en inglés), dado que es el sector el cual versan los mayores riesgos evidenciados hasta el momento.
Se entienden como iniciativas de mitigación de GEI del mencionado sector a: Programas y proyectos REDD+, Programas y proyectos de desarrollo bajo en carbono (PDBC) del sector agropecuario o forestal, y a Acciones Nacionalmente Apropiadas de Mitigación (NAMAs) del sector agropecuario o forestal, de conformidad con la tipificación de las iniciativas contenida en el artículo 10 de la Resolución 1447 de 2018.
Colombia voluntariamente ha decidido preparar y presentar ante la Convención Marco de Naciones Unidas de Cambio Climático los niveles de referencia de emisiones forestales, de acuerdo con las medidas incluidas en el parágrafo 70 de la decisión 1/CP.16, para que sean incluidos en los procesos de evaluación técnica con el propósito de generar la línea base que permita medir el desempeño de la implementación de las actividades REDD+ y poder así, optar al pago por resultados de mitigación por reducción de emisiones y remoción de GEI.
El primer NREF publicado abarcaba el bioma amazónico, correspondía al periodo 2013 – 2017 e incluía únicamente las emisiones de CO2 debidas a la deforestación.
El segundo NREF publicado cubre una escala nacional, diferenciada para los 5 biomas (Amazonía, Andes, Caribe, Orinoquía y Pacífico), aplicable: 1. para las áreas de bosque definido por IDEAM, 2. para la actividad REDD+ de reducción de emisiones debidas a la deforestación únicamente, 3. para los sumideros de biomasa aérea, biomasa subterránea y carbono orgánico en el suelo y 4. para las emisiones de CO2. También, incorpora un nuevo enfoque para proyectar el comportamiento de la deforestación, en donde las circunstancias nacionales varían de forma no uniforme.
En la plataforma Info Hub de la CMNUCC se encuentra cargado el documento oficial del NREF nacional aplicable para el periodo 2018 – 2022, el cual podrá ser consultado en la siguiente URL:
Documento oficial del NREF nacional aplicable para el periodo 2018 – 2022
Colombia resalta que la presentación de este NREF y sus anexos técnicos, es voluntaria y tiene como propósito exclusivo generar la línea base que permita medir el desempeño de la implementación de las actividades señaladas en el párrafo 70 de la Decisión 1/CP.16 y obtener pagos por las acciones de REDD+ basado en resultados bajo las directrices del Marco de Varsovia sobre REDD+.
Según la Resolución 1447 de 2018, los titulares de los proyectos REDD+ deberán establecer su línea base a partir del Nivel de Referencia de las Emisiones Forestales – NREF más actualizado que haya sido sometido formalmente por Colombia y evaluado por la Convención Marco de las Naciones Unidas para el Cambio Climático – CMNUCC, el cual debe incluir el área geográfica del proyecto, así como las actividades REDD+, periodos y depósitos de carbono en los cuales se pretenda implementar la iniciativa.